Es lícito que como profesionales facturemos a través de sociedades por razones que van más allá de este post pero que bien podrían dirigirse a la finalidad de limitar las posibles responsabilidades.
Si la sociedad que creamos no tiene sus propios medios es más que probable que se interprete que la hemos realizado para evitar pagar impuestos. Ello comporta una serie de preguntas: ¿Y si no es así? O sea, ¿Y si la carga tributaria no se ha visto menoscabada por la facturación indistinta a la sociedad o al profesional?. Aún más. pero ¿Y si el profesional tiene varias líneas o sectores de negocio?. A veces, desde un punto de vista comercial, administrativo o operativo parece que es más interesante realizar una factura desde una sociedad y, en otras ocasiones, no. Pongamos el supuesto de un abogado, si quiere facturar como abogado con una sociedad unipersonal es más que probable que esta sociedad deba ser profesional, con los condicionantes que esta tiene, ¿podría realizar una sociedad para una línea de negocio relacionada con el asesoramiento, no sólo jurídico y, a la vez, seguir facturando sus trabajos legales como autónomo independiente? y ¿podría facturar a la propia sociedad por sus trabajos jurídicos que esta a cobrado a terceros? Yo creo que sí.
De todas formas, los matices de cada caso particular serán trascendentes para llegar a una conclusión u otra.